Entrevistas exclusivas
El Ejecutivo quiere modificar el sistema de enjuiciamiento de magistrados y funcionarios judiciales
La gobernadora María Eugenia Vidal remitió a la Legislatura un proyecto de ley que propone una serie de modificaciones al sistema de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la provincia de Buenos Aires.
Así, la gobernadora cumplió con lo anticipado días atrás en la Asamblea Legislativa.
Las modificaciones propuestas llegan luego de las críticas del oficialismo sobre el funcionamiento del sistema en relación a la dilación de los procesos y de la falta de resultados concretos.
La ley provincial 13.661 es la que establece los lineamientos de los procesos políticos que implican los juicios y, además, consigna las funciones de la secretaría permanente del sistema que desde su creación, en 2007, comanda Ulises Giménez, cargo que designa y remueve el Senado bonaerense: esta es la norma que se pretende modificar.
Según los fundamentos de la iniciativa que ingresó por Diputados y que podría ser considerada por ambas Cámaras legislativas provinciales el próximo jueves, se tiene el propósito de "adecuar la ley de enjuiciamiento a las demandas sociales, en reciprocidad con los postulados constitucionales y el mejoramiento de las instituciones" que el Gobierno esbozó.
Así, se destaca que el Poder Ejecutivo ha optado por avanzar en un cambio formal de la norma antes que en un cambio de los funcionarios que tienen la responsabilidad de conducir los procesos abiertos en este organismo.
En primer lugar se modifica la ley para que los jurados legisladores continúen integrando el cuerpo en casos de ser reelectos en relación a los procesos para los que hayan sido designados, siguiendo el principio de juez natural.
Además, se propone que el presidente del jurado actúe desde la denuncia o requerimiento hasta la finalización del proceso, también siguiendo el mismo principio.
Se crea también un nuevo artículo, el 6 bis, en el que se determinan todas las atribuciones del presidente del jurado que en la actualidad se encuentran dispersas en la normativa y, en el mismo sentido, se le efectúan pequeños retoques a la normativa vigente sobre las funciones de la secretaría permanente.
Además, se acortan los plazos para el pronunciamiento en materia de excusaciones y recusaciones de integrantes del jurado y se fija el plazo de diez días para que, tras la notificación del comienzo de la instrucción al magistrado o funcionario, éste pueda presentarse por escrito, aclarando hechos e indicando la prueba que su juicio pudiera ser útil.
RJ- TV
Staff Profesional
Director:
Dr. Sergio M. Aguilera
Periodista:
Julia Alvarez
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